Micrositio de Sesiones de Comisiones
En esta página encontrarás la descripción de lo que son las Comsiones Permanentes.
El Consejo General del IEEQ integra mediante acuerdo comisiones permanentes, a fin de cumplir con los asuntos de su competencia. Dicho acuerdo debe ser emitido entre los meses de septiembre u octubre de cada año o, en su caso, cuando existan licencias; de igual manera, debe especificar el número de personas integrantes, así como el cargo que ocupará cada consejería integrante, es decir, quiénes fungirán como titulares de la Presidencia, Secretaría y Vocalía/s. Éstas se conforman al menos por 3 consejerías electorales con derecho a voto; además, algunas de ellas pueden integrarse por las representaciones de partidos políticos con acreditación ante el Consejo General. Dentro de sus competencias y obligaciones pueden emitir informes y dictámenes.
En esta página encontrarás la descripción de lo que son las Comisiones Transitorias.
El Consejo General del IEEQ mediante acuerdo puede crear comisiones transitorias, a fin de cumplir con los asuntos de su competencia. En el acuerdo respectivo, se debe establecer su competencia, atribuciones y número de personas integrantes que se requieran, así como las consejerías que ocuparán los cargos de Presidencia, Secretaría y Vocalía/s. Las comisiones transitorias deberán emitir un dictamen o informe final de actividades y quedarán extintas una vez que sean presentados.
En esta página encontrarás la descripción de lo que son las Comisiones Unidas.
Las comisiones del Consejo General del IEEQ, ya sean de carácter permanente o transitorio, podrán sesionar de manera unida, cuando el o los temas que se aborden en la sesión sean de su competencia. Serán presididas por quien funja como titular de la Presidencia de una de estas, por elección de sus integrantes, ocupando la Secretaría, la persona titular de la otra Presidencia. Las demás consejerías integrantes de las comisiones unidas fungirán como Vocalías.