Las comisiones del Consejo General del IEEQ, ya sean de carácter permanente o transitorio, podrán sesionar de manera unida, cuando el o los temas que se aborden en la sesión sean de su competencia. Serán presididas por quien funja como titular de la Presidencia de una de estas, por elección de sus integrantes, ocupando la Secretaría, la persona titular de la otra Presidencia.
Las demás consejerías integrantes de las comisiones unidas fungirán como Vocalías.